Recurrir multa semáforo rojo
La pregunta concreta sería ¿se puede recurrir una multa por saltarte un semáforo rojo? Y la respuesta es sí; En principio y salgo algunas excepciones, todas las multas de tráfico se pueden recurrir.
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Importancia del control metrológico en multas por “foto-rojo”
Ahora bien, la cuestión de la legalidad o no de las sanciones impuestas por los Ayuntamientos por el hecho de no respetar la fase roja de un semáforo, ha llegado al Tribunal Supremo; estableciendo éste una doctrina legal que se puede resumir del siguiente modo: el dispositivo llamado “foto-rojo” no está exento del control metrológico, al entender que sí hace mediciones; planteando esta cuestión una discrepancia fáctica más que jurídica. En consecuencia, esa reconocida medición del citado aparato exige su control metrológico para tener fuerza probatoria suficiente para justificar una sanción.
En consecuencia, la multa por “foto rojo” debe contener la prueba documental del control metrológico, que el interesado en su recurso de la multa debe solicitar.
¿Qué sucede si el Ayuntamiento incorpora esta prueba?
No obstante, hay que tener en cuenta, que en numerosas ocasiones la prueba del control metrológico es incorporada al expediente por el Ayuntamiento en cuestión, siendo en estos casos no viable, por regla general, una reclamación que, en la mayoría de los casos, es desestimada por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que confirman la sanción.
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Multa por saltarse un semáforo en rojo
No olvidemos que una multa por saltarse un semáforo rojo, está considerado como un falta grave que conlleva el pago de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir, por estos motivos es muy importante acudir a un experto en recurso de multas, para saber cuál es la mejor opción, si recurrir o pagar con descuento una multa.
Requisitos técnicos según la normativa vigente
Además la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, establece, en su apartado 1.15 v, relativo a los “Requisitos adicionales en caso de control semafórico”, del Apéndice I “ del Anexo XII, que: “Las evidencias de infracción se documentarán mediante una secuencia de fotos, al menos cuatro fotografías que recojan una imagen de la parte trasera del vehículo y la luz roja del semáforo en las situaciones de vehículo antes de la línea de parada, vehículo sobrepasando la línea de parada y vehículo sobrepasado el cruce o paso de peatones completamente. Los registros fotográficos indicarán el tiempo en el que se tomaron las fotografías, el tiempo en el que el semáforo se puso en rojo y el tiempo en el que el vehículo cruzó la línea de parada. El tiempo se indicará con una resolución de 0,01 segundos”.
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Que, en la notificación de denuncia, sólo se adjuntan dos fotografías, una con su vehículo parece que detenido antes de rebasar el correspondiente paso de peatones y otra posterior en la que su coche ya ha rebasado dicho cruce sin que exista prueba fotográfica alguna en la que su vehículo aparezca rebasando el paso de peatones con el semáforo en rojo.
En las dos fotografías remitidas (y no las cuatro que exige la normativa vigente), sólo aparece un registro de tiempo, cuando es evidente que un vehículo no puede encontrarse a la misma hora exactamente en dos lugares a la vez y que la norma estatal exige que los registros indiquen el tiempo en el que se tomaron las fotografías, el tiempo en el que el semáforo se puso en rojo y el tiempo en el que el vehículo cruzó la línea de parada, con una resolución de 0,01 segundos.
¿Cómo puedo recurrir una multa por saltarse un semáforo en rojo?
Para recurrir una multa por semáforo en rojo, lo primero es revisar la documentación enviada junto con la notificación de la infracción. Debes comprobar:
Si el sistema “foto-rojo” tiene control metrológico válido.
Si se aportan las cuatro fotografías exigidas por la normativa.
Si los registros de tiempo cumplen con la resolución mínima de 0,01 segundos.
Puedes presentar alegaciones ante el Ayuntamiento en el plazo indicado o contacta con nosotros para preparar el escrito de recurso.
Fernando González Iturbe - Abogado de CEA
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