Las multas de tráfico son una realidad para muchos conductores, especialmente en grandes ciudades como Madrid. Si has recibido una multa y no estás de acuerdo, tienes derecho a recurrirla. En este artículo te explicamos cómo hacerlo paso a paso.
Muchas veces nos puede surgir la duda cuándo podemos recurrir una multa de tráfico según cómo la hayamos recibido. A la hora pues de presentar nuestro pliego de descargos lo primero que hay que verificar es si estamos en plazo para recurrir, ya que de lo contrario el órgano administrativo no entrará a conocer del asunto indicando que las alegaciones presentadas son extemporáneas.
Los trayectos que realizan los conductores en busca de un aparcamiento en la calle, se han convertido en un porcentaje muy elevado de circulación por las distintas ciudades, pudiendo llegar a un 30% de la circulación en un momento dado.
Desde hace tiempo viene siendo necesaria una ley reguladora de la “figura del aparcamiento de los vehículos de motor”, atendiendo a la masificación del fenómeno y a los problemas que surgen en la vida real en relación a él. Y de este modo, la Ley 40/2002, de 14 de noviembre, delimita cuáles son los aparcamientos objeto de la misma (los públicos), regula la responsabilidad de sus titulares y sus obligaciones, así como las de los clientes.
Recurrir una multa es un derecho que tiene cualquier ciudadano frente a una sanción de tráfico. En la actualidad mucha gente se enfrenta a multas de tráfico con las que no está de acuerdo o simplemente que le piden un trámite, como es la identificación del conductor y debe presentar un recurso.
El Director General de CEA, Rafael Fernández-Chillón Martínez, ha solicitado al alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, la cancelación de todos aquellos expedientes sancionadores en los que conste acreditado que tenían la correspondiente autorización en vigor.
Los cambios en las fases de la vuelta a la normalidad también han traído novedades en el sector público como es la reanudación de los plazos administrativos y judiciales.
Las motomultas son motocicletas equipadas con tecnología avanzada que el Ayuntamiento de Madrid utiliza para mejorar la vigilancia y sanción de infracciones relacionadas con el estacionamiento en la ciudad. Estas motos están diseñadas para detectar vehículos que no han abonado la tarifa correspondiente en las zonas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
Con el objetivo de otorgar una mayor seguridad jurídica a los expedientes sancionadores, a partir de esta semana las multas por aparcar de forma incorrecta en la zona de Estacionamiento Regulado (SER) vendrán acompañadas de tres fotografías de la infracción cometida, hechas desde tres perspectivas diferentes.
El Ayuntamiento de Madrid ha puesto cerca de 3 millones de multas de tráfico el pasado año 2016. Esta cifra supone un 30,5 % más respecto al año 2015, y un considerable aumento de ingresos para las arcas municipales pese a que desde el consistorio se sostenga que no existe afán recaudatorio en ello.
Las multasporaparcamiento son de las sanciones más comunes que existen y una fuente muy importante de ingresos para los Ayuntamientos. El importe de una sanción por dejar mal estacionado el vehículo puede pueden llegar hasta los 200 €. Si a esto le sumamos la retirada del vehículo por la grúa municipal puedes pagar hasta 400 €.
Las principales multas por aparcamiento que se producen en las ciudades que tienen instaladas un servicio de estacionamiento regulado (SER) son: aparcar el vehículo sin el correspondiente ticket, sobrepasar el tiempo indicado en éste, poner mal la matrícula o no dejar el ticket en un lugar visible. Otras sanciones pueden ser por aparcar en doble fila, en zonas donde está prohibido estacionar o en una zona de carga y descarga.
Con la creación de las APR (áreas de acceso de prioridad restringida) en ciudades como Madrid o Barcelona hay que añadir la multa por aparcar en dichas zonas sin autorización.
Las sanciones por aparcamiento al igual que la mayoría de las multas se pueden recurrir, y debes de hacerlo si consideras que la multa es injusta o incorrecta, ahora bien, debes de dejar el recurso de tus multas a una empresa especializada.
En MultasCEA podemos ayudarte. Llámanos al 91 557 68 51 y te informaremos sin compromiso.
Aunque no nos desplacemos siguen las multas de circulación. Es cierto que con las medidas de restricción a la circulación impuestas por la declaración del estado de alarma para hacer frente a la crisis provocada por el COVID-19 ha supuesto que hayan bajado drásticamente los desplazamientos, pero también es una realidad que siguen cometiéndose infracciones y que son denunciadas.
Si ya resultaba complicado acceder a determinados barrios de Madrid, por las existentes Áreas de Prioridad Residencial(APR), ahora se complica mucho más la circulación con las nuevas medidas de restricción tráfico Madrid en el centro de la ciudad, lo que supondrá, además, más multaspara los conductores.
Como ya hemos comentado en otros apartados, en la mayoría de las grandes ciudades existe una normativa municipal que regula el estacionamiento de los vehículos en determinadas zonas. En estas áreas pueden existir varios tipos de plazas, aunque las más comunes sean las plazas verdes y las azules; Estas zonas, según las ciudades se denominan: zona SER, O.T.A, E.S.R.O, etc.
Las multas impuestas por la DGT y por los distintos Ayuntamientos se están incrementando en los últimos meses. La reactivación de nuestra economía ha supuesto que se vuelva a hacer más uso del coche y de la moto y por lo tanto que se incremente el número de multas. Sin duda también ha tenido que ver una mayor vigilancia de nuestras carreteras. Un claro ejemplo lo podemos ver con el aumento de las multas por velocidad que han tenido un considerable incremento en el último año.
En muchas ocasiones perdemos la oportunidad de que nos estimen un recurso que hemos interpuesto para recurrir una multa, formulada por una infracción de tráfico porque no hemos sido capaces de aportar las pruebas que acreditaran la inexistencia de infracción.