Muchas veces nos puede surgir la duda de saber qué plazo tenemos para recurrir una multa de tráfico según cómo la hayamos recibido. En el caso de las multas de tráfico el plazo se contabiliza por días naturales, lo que significa que tenemos que contar los domingos y días festivos. La vigente ley de Procedimiento Administrativo Común establece que los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
Se entiende por estacionar en doble fila cuando el coche se encuentre detenido sin el conductor, sin embargo, es importante saber, que, aunque esté el conductor y si el agente considera o constata que el vehículo lleva demasiado tiempo parado en doble fila (más de 2 minutos) puede poner una multa por aparcar doble fila.
Son demasiadas las denuncias que se tramitan por circular careciendo del seguro obligatorio. Este hecho supone asumir una gran responsabilidad por las consecuencias que puede conllevar infringir la norma, no solo por el importe de la multa que tengamos que pagar sino por las consecuencias en caso de provocar un accidente con lesiones o lo que sería peor con muertes.
La pregunta concreta sería ¿se puede recurrir una multa por saltarte un semáforo rojo? Y la respuesta es sí; En principio y salgo algunas excepciones, todas las multas de tráfico se pueden recurrir.
¿Te han embargado la cuenta bancaria por una multa de tráfico que no te han notificado? Esta situación es muy común y la sufren muchos conductores en nuestro país.