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¿En qué consiste la Tolerancia 7 de los radares de velocidad? Te contamos los nuevos límites de error de los radares sobre la velocidad permitida en la carretera.

Margen de error. Tolerancia 7La Tolerancia 7 significa que todos los controles de radar de velocidad, en cualquier vía del país, multarán al vehículo infractor cuando supere en siete kilómetros por hora los límites de velocidad establecidos, si estos son inferiores a 100 kilómetros por hora. Cuando el límite velocidad sea superior a 100 kilómetros por hora se aplicará un 7 por ciento de la misma. Esto quiere decir que el conductor conocerá a partir de qué velocidad saltarán e impondrán multas por exceso de velocidad los radares.

La implantación de este sistema se une a otras medidas como que los nuevos radares móviles instalados en los coches de la Guardia Civil son totalmente visibles, es decir, que habrá que ir pendientes de los arcenes para no sobrepasar una limitación de velocidad de 100 kilómetros hora a 108, según la tolerancia 7 fijada por la DGT, o una de 120 a 129 kilómetros hora. Las limitaciones a 30 kilómetros serían hasta 37 y las de 40, a 47 y así sucesivamente hasta 100 kilómetros.

Además, ahora los radares de velocidad pueden diferenciar el tipo de vehículo al que se multa por exceso de velocidad, es decir, si se trata de un turismo, una furgoneta, un camión o una motocicleta, de tal manera que se activará en función del límite de velocidad establecido para cada uno.

Es necesario recordar que el límite para motos y coches es el que marca la vía, mientras que para furgonetas, vehículos mixtos, algunos utilizados como turismo, camiones y autobuses son inferiores entre 10 y 20 kilómetros a lo que indica la señal de tráfico.

En breve, la página web de la Dirección General de Tráfico publicará los 1.200 tramos de las carreteras secundarias en los que se intensificarán los controles de velocidad y en los que podrán situarse los más de cuatrocientos radares móviles de los que dispone, una lista que se renovará mensualmente.

Si te han puesto una multa por exceso de velocidad, puedes recurrir la multa presentado un recurso solicitando las pruebas si no te las han enviado, o realizando alegaciones que puedan demostrar tu inocencia o la inexistencia de la multa por exceso de velocidad.

No obstante, antes de recurrir una multa por exceso de velocidad, debes contar con un asesoramiento profesional, ya que no en todos los casos es aconsejable recurir una multa por exceso de velocidad.

En MultasCEA tanto si eres particular, autónomo profesional, transportista o empresa nos encargamos de recurrir tus multas, incluso multas anteriores y sin límite de recursos. Incluimos un servicio de búsqueda de multas y abogados 24 h. Por 5 € al mes. Más información 91 557 68 51 o si lo prefieres te llamamos.

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