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¿Cómo afecta el alcohol a la conducción?

Cerca de un 33% de los accidentes con víctimas mortales en España se deben a los efectos del alcohol en la conducción. El alcohol es por tanto, la causa que más incidencia tiene en la accidentalidad, convirtiéndose de esta forma en una de las lacras más graves de las carreteras.

El alcohol y la conducción¿Qué cantidad de alcohol es necesaria para dar positivo?

El Reglamento General de Circulación establece que no se podrá circular con un vehículo cuando la tasa de alcohol en sangre sea superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías, la tasa de alcohol en sangre no podrá ser superior a 0,3 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro. Estas limitaciones también afectan a los conductores noveles durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir.

Tabla alcoholemia en la conducción

La conducción con un nivel de alcohol en la sangre superior al permitido puede ser sancionada con una infracción administrativa o tratarse como un delito penal.

  1. En vía administrativa:

    • Cuando un conductor ha ingerido alcohol en pocas cantidades y al realizar la prueba supera la tasa permitida que dispone la Ley de Seguridad Vial, es decir de 0,50 mg/l en aire espirado, (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.30 mg/l), será sancionado con multa de hasta 1.000 euros y la retirada de hasta 6 puntos.

    • Conducir con valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.15 hasta 0.30 mg/l), será sancionado con la multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos.

    • Se impondrá una sanción de 1.000 euros en el supuesto de que el conductor ya hubiera sido sancionado el año inmediatamente anterior.

  2. En vía penal:
    • Cuando un conductor ha ingerido alcohol o se aprecian síntomas, el Código Penal recoge este supuesto como tipo delictivo y en concreto el artículo 379 castiga al "que condujera un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas con penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".

    • En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1.2 gramos por litro.

    • Cuando un conductor lleve indicios de haber ingerido bebidas alcohólicas o estupefacientes y ponga en peligro la vida o integridad de las personas, al circular con un exceso de velocidad desproporcionado respecto a los límites establecidos, será denunciado penalmente por un delito de temeridad manifiesta. En este caso, si la alcoholemia va unida al exceso de velocidad, la situación se agravará y el conductor será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses y privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta seis años.

Pruebas de alcoholemia

test  de alcoholemiaTodos los conductores de vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia. Igualmente, todos los usuarios de la vía que estén implicados en algún accidente. La prueba se realizará mediante la verificación de aire espirado mediante etilómetros oficialmente autorizados y homologados.

Si en la prueba practicada al conductor éste alcanzara los límites permitidos de alcohol en sangre o, aún sin alcanzar este límite, el agente observara signos evidentes de encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas, se realizará una segunda prueba para una mayor garantía de los resultados. Entre una y otra prueba deben mediar al menos diez minutos. El conductor puede exigir que esos índices de alcoholemia sean contrastados mediante un análisis de sangre. El coste de este análisis correrá a cargo del conductor si el resultado es positivo y de la Jefatura Central de Tráfico cuando sea negativo.

Si el resultado de las pruebas y de los análisis dieran resultado positivo, se podrá proceder a la inmediata inmovilización del vehículo. También podría inmovilizarse el vehículo en caso de que el conductor se negara a efectuar las pruebas de detección alcohólica. Los gastos de inmovilización, traslado y posible depósito serán por cuenta del conductor.

Efectos que produce el alcohol en la conducción

  • Repercusiones en el comportamiento: El conductor suele tener una falsa seguridad en sí mismo e incluso en ocasiones un sentimiento subjetivo de creer que tiene una mejor capacidad para conducir, aumentando la tolerancia al riesgo. También disminuye el sentido de la responsabilidad y la prudencia.

  • Incremento de las infracciones: Las infracciones a las normas de circulación se producen por un doble motivo, por una parte porque el alcohol hace que se capten mucho peor todas las señales y marcas viales, y por otro porque se tiene un menor sentido de la responsabilidad y de la prudencia.

  • Alteración en el tiempo de reacción: A partir de 0,5-0,8 gramos por mil, la capacidad de reacción disminuye de forma muy considerable. El nivel de tolerancia al alcohol determina en gran medida el efecto de éste sobre el tiempo de reacción y la estimación del tiempo. El alcohol produce una importante lentificación de las respuestas frente a las estimulaciones sensoriales, llegando a disminuir los reflejos y el tiempo de reacción ante un obstáculo.

  • Deterioro y alteraciones de las funciones sensoriales: El alcohol deteriora sobre todo el sentido de la visión y los procesos sensoriales y perceptivos relacionados con ella.

  • Alteraciones en la atención: Los efectos producen que la atención general del conductor quede muy deteriorada, dando lugar a una especial proclividad para los accidentes en las intersecciones, zonas en las que hay mucha concentración de señales, incorporaciones, etc...

  • Transtornos y alteraciones psicomotrices: En el conductor bebido puede aparecer descoordinación motora, problemas de acomodación de las órdenes sensoriales a las motrices, disminución notable de la recuperación y del rendimiento muscular de todo el organismo y transtornos del equilibrio.

  • Cambios en el nivel de activación-alerta: Como depresor el alcohol hace que la fatiga muscular y sensorial sea mayor de lo normal, da lugar a una disminución de la alerta y la vigilia, el cansancio suele aparecer con bastante rapidez, así como los estados de somnolencia y las pequeñas pérdidas de conciencia en los estímulos de la carretera y del vehículo.

  • Disfunciones en la percepción: Se puede decir que el alcohol puede hacer que se confundan y modifiquen bastante todas las percepciones sensoriales provocando problemas de captación, interpretación y reconocimiento correcto de señales u otros vehículos.

 

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