Conducción invernal y multas de tráfico
Circular en invierno requiere ser más prudentes de lo habitual, de esta forma garantizamos nuestra seguridad y la de los demás usuarios de la vía, pero también evitaremos desagradables sorpresas como es que nos pongan una multa por no cumplir con las normas de circulación.
La lluvia, la niebla, la nieve o el hielo son elementos climatológicos frecuentes con los que se puede encontrar el conductor durante el periodo invernal. Requiere por lo tanto prestar mayor atención a la conducción adecuando ésta última a la situación a la que tengamos que hacer frente.
Si vamos a circular durante este periodo conviene siempre informarse previamente de la meteorología que vamos a encontrar en nuestro recorrido, el estado de las carreteras y en consecuencia adoptar las medidas oportunas para no llevarnos sorpresas planificando nuestro viaje. Aunque tengamos que realizar más kilómetros a veces conviene optar por rutas alternativas que ofrezcan mejores condiciones meteorológicas pero que resultaran mucho más seguras y nos permitirán llegar a nuestro destino sin demasiados contratiempos.
Si no tenemos más remedio que circular por vías donde las condiciones climatológicas son adversas adoptaremos las debidas precauciones durante la conducción y llevaremos el equipamiento adecuado para hacer frente a las inclemencias. Lo más importante es verificar que nuestros neumáticos están en buenas condiciones, que conservan su dibujo y llevar cadenas por si tenemos que cruzar zonas de nieve o en su caso hacer uso de neumáticos de invierno. Circular a velocidad moderada y guardando la distancia de seguridad con los demás vehículos, llevar encendidas las luces de cruce y si la situación lo requiere las luces antiniebla tanto delantera como trasera.
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Si no adoptamos todas estas disposiciones, además de poner en riesgo nuestra seguridad y la de los demás usuarios, podemos incurrir en infracción y por lo tanto que nos pongan una multa.
Las sanciones por incumplimiento de algunos de estos preceptos pueden conllevar una multa que variará según la infracción, pero de no menos de 200€. Circular sin mantener la distancia de seguridad, no hacer uso de las luces de cruce o los antinieblas cuando las circunstancias lo requieren, no colocar cadenas o dispositivos antideslizantes cuando sea obligatorio, llevar unos neumáticos que no conservan el dibujo en banda de rodadura, o circular por una vía que ha sido temporalmente cerrada al tráfico son todos ellos supuestos de infracción grave y en consecuencia objeto de una multa de 200€.
Eugenio de Dobrynine - Abogado CEA
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