Recurre tus multas
Lo primero y aunque parezca algo obvio, es tener conocimiento de la notificación de la multa.
Popularmente se suele pensar que recurrir multas es algo complicado y que es difícil conseguir resultados positivos. Sin embargo, recurrir una multa, además de ser un derecho, es, en algunos casos, aconsejable por las opciones de obtener una resolución favorable que presenta la multa. Sin duda, para tomar la mejor decisión si recurrir la multa o no, lo mejor es contar con un asesoramiento profesional.
Toda infracción de tráfico acarrea una sanción que puede ser leve, grave o muy grave, y que, en muchos casos, además de una multa, puede conllevar la retirada de puntos del carné de conducir.
En algunas ocasiones los conductores no son conscientes que están cometiendo una infracción, porque la señal está tapada por un árbol o deteriorada, por despistes, como pueden ser: introducir mal la matrícula en el parquímetro, equivocarte al seleccionar si es zona verde o zona azul, entrar en una zona restringida al paso…. O puede ocurrir que no hayas cometido la infracción, porque has vendido el coche, conducía otra persona, etc.
En resumen, los conductores pueden ser víctimas de multas que realmente no merecen o que quizás fueron impuestas por error o de forma muy estricta.
Si realmente estás convencidos que la multa es injusta o simplemente no estás de acuerdo con ella, puedes recurrir la multa, pero, antes de hacerlo, busca asesoramiento en una empresa especializada en recursos de multas, que, además de orientarte sobre las diferentes opciones que tienes frente a una sanción de tráfico, elaborarán por ti el recurso.
Lo primero y aunque parezca algo obvio, es tener conocimiento de la notificación de la multa.
A diario vemos en las ciudades coches aparcados en sentido contrario a la marcha y esto puede parecer normal pero ¿es legal?.
La pregunta concreta sería ¿se puede recurrir una multa por saltarte un semáforo rojo? Y la respuesta es sí; En principio y salgo algunas excepciones, todas las multas de tráfico se pueden recurrir.
¿Te han puesto una multa en zona azul teniendo el ticket? Si te ha ocurrido esto, puedes presentar un recurso. Para ello dispones según la Ley de un plazo de 20 días para interponerlo desde la fecha en que recibes la notificación de la multa en el domicilio.
Con el recurso de una multa podemos proponer pruebas o realizar alegaciones que puedan demostrar tu inocencia o la inexistencia de la multa.
Tanto si eres particular, empresa, transportista (o cualquier otro conductor profesional) te facilitamos un asesoramiento profesional adecuado y siempre buscando favorecer tus intereses.
Trataremos de forma personalizada tu multa, estudiando las mejores opciones para intentar anular la multa, y explicándote las actuaciones que vamos a realizar y por qué.
Un equipo de abogados serán los responsables de redactar el recurso de la multa en base a su dilatada experiencia en recurrir multas, el conocimiento de la ley, los cambios en las normativas y por supuesto, teniendo en cuenta tus aportaciones.
Admitimos multas anteriores a contratar el servicio.
Sin límite de recursos de multas.
Se incluyen alegaciones hasta la vía ejecutiva.
Estudio gratuito viabilidad contencioso-administrativo.
Las multas por entrar en Madrid Central ya han llegado. El pasado 15 de marzo finalizó el periodo de aviso para los accesos a las áreas de acceso de prioridad restringida.
Cualquier conductor tiene derecho a poder recurrir multas. Lo importante, antes de hacerlo, es conocer las posibilidades de éxito que puede tener interponer un recurso de multa o si es más aconsejable pagar la multa.
Como ya sabemos, hay varios organismos que nos pueden sancionar, entre ellos está la policía local. Son muchos los descuidos que podemos tener al cabo del día y sufrir el despiste oportuno que haga que aparquemos en un lugar prohibido o de repente, nos adentremos en una zona restringida. Por lo que, en estos casos se precisa saber cómo recurrir multa policía local.
Si eres conductor profesional y trabajas con vehículos dedicados al transporte de mercancías o pasajeros, además de cumplir con lo establecido en la ley de seguridad vial, tienes normativas específicas, que en caso de incumplimiento, como por ejemplo exceso de carga, pueden llevar aparejadas una serie de sanciones con importes que pueden superar los 1.500 €.

Tanto si eres autónomo como si trabajas para una empresa, es muy necesario, contar con expertos asesores jurídicos y abogados especialistas en la materia, que te ofrezcan un asesoramiento personalizado y elaboraren y presenten por ti los recursos oportunos sobre:
Multas por exceso de peso.
Multas por manipulación tacógrafo.
Multas por carencias de carta de transporte.
Multas por carencias de certificado de conductor.
Multas por carencia de libro de reclamaciones.
Multas por carecer de certificado de actividades.
Multas por carecer de certificado de aptitud profesional.
Así como cualquier multa relacionada con la seguridad vial: sanción por exceso de peso, multas por velocidad, por alcoholemia, incumplimiento de identificación del conductor, multa por hablar por teléfono móvil, por no llevar puesto el cinturón, multa por radar, multa por adelantamiento indebido, etc.
CEA te ofrece un servicio de recursos de multas facilitándote un asesoramiento profesional adecuado y siempre buscando favorecer tus intereses.
Este servicio te aporta las siguientes ventajas:
Recursos elaborados por profesionales con dilatada experiencia y adecuados, si se estima su procedencia, a las particularidades del caso.
Información del procedimiento en cada caso en concreto.
Información de la idoneidad o no del pago anticipado.
El equipo de abogados realizará por ti la identificación del conductor, de multas impuestas fuera del territorio español, cuando vengan a nombre de empresa.
Cuentas con un experto grupo de abogados que te van a ayudar ante cualquier situación o problema jurídico de emergencia como puede ser un control de alcoholemia, un accidente de tráfico, un control por exceso de peso en camiones, robo en tu coche, inmovilización del vehículo o de la carga, por un agente, problemas con la compañía de seguros, etc.
Gracias a este servicio de alertas, te mantendremos informado puntualmente de las notificaciones que sean publicadas a tu nombre en el Tablón Edictal Único del BOE (TEU).
Las ventajas que te aportan este servicio son:
Posibilita el pago de las sanciones con un 50% de bonificación.
El conocimiento de todas las notificaciones y comunicaciones evita embargos por sanciones.
Te informaremos de la variación que se va produciendo en tu saldo de puntos.
Siempre serás asesorado de la forma más conveniente en aquellas sanciones que conlleven la pérdida de puntos.
Los abogados de CEA te asesorarán sobre la idoneidad de la formalización de un recurso y te ofrecerán las posibilidades más favorables a tus intereses.
Disponemos de un histórico digital de todas las gestiones realizadas para una correcta continuidad de cualquier expediente tramitado.
A través de un acceso web podrás consultar los expedientes tramitados y el estado de los mismos.
Consulta a cualquier hora y en cualquier momento, la situación de tus expedientes.
Asesoramiento legal general.
Elaboración y revisión de contratos.
Red nacional de despacho de abogados.
Actividades gratuitas.
Información médica 24h.
En muchas ocasiones perdemos la oportunidad de que nos estimen un recurso que hemos interpuesto para recurrir una multa, formulada por una infracción de tráfico porque no hemos sido capaces de aportar las pruebas que acreditaran la inexistencia de infracción.
El transporte por carretera es un sector fundamental para la economía y el comercio en todo el mundo. Sin embargo, conlleva una serie de responsabilidades y regulaciones que deben cumplirse para asegurar la seguridad y eficiencia en las carreteras.
La Federación Nacional de Asociaciones de Transportes de España (FENADISMER) ha transmitido recientemente una queja a la Dirección General de Tráfico (DGT) por el incremento de denuncias a sus asociados por carecer presuntamente de los seguros obligatorios de circulación, pese a que éstos tienen contratados los correspondientes seguros y en vigor.
La entrada en vigor del RDL del pasado mes de marzo, RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria con ocasión del COVID-19, establece la suspensión de los términos y la interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos hasta que cese el estado de alarma, y en su caso las sucesivas prorrogas que se están aprobando.
Desde CEA recomendamos no rehusar las notificaciones que se reciban por correo postal o en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si estuvieses dado de alta.
A partir de la notificación, dispones de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estás de acuerdo con la denuncia, o proceder a su abono con el 50% de descuento. En el supuesto de no hacerlo y vencido el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, su cobro se llevará por el procedimiento de apremio.
Te recomendamos que contactes siempre con nosotros para asesorarte de la forma más conveniente a tus intereses.
En MULTAS CEA te ayudamos a recurrir tus multas de tráfico con todas las garantías legales. Nuestro equipo de abogados especializados tramita tu recurso de forma rápida, eficaz y desde solo 39 €. Evita sanciones injustas y gana tranquilidad. ¡Déjalo en manos de profesionales!
El importe de las multas de tráfico es el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. No obstante en el caso de las infracciones de carácter leve (hasta 100 €) se podrá graduar por el organismo sancionador.
El importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.
Las sanciones por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor infractor no tienen la reducción del 50%.
Se mantiene el principio general de la responsabilidad de la infracción en el autor de la misma. No obstante:
Los titulares o arrendatarios tienen la obligación de someter los vehículos a las correspondientes inspecciones técnicas, a que estén en perfecto estado de circulación y deben impedir que sean conducidos por quienes nunca hubiesen obtenido el permiso o licencia de conducir.1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado):
| 6 puntos 4 puntos |
| 2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
| 3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
| 4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales. | 6 puntos |
| 5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. | 6 puntos |
| 6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. | 6 puntos |
| 7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. | 6 puntos |
| 8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios. | 4 puntos |
| 9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. | 4 puntos |
| 10. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo. | 4 puntos |
| 11. Realizar adelantamientos indebidos. | 4 puntos |
| 12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. | 4 puntos |
| 13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. | 3 puntos |
| 14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. | 4 puntos |
| 15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. | 4 puntos |
| 16. No respetar la distancia de seguridad. | 4 puntos |
| 17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. | 3 puntos |
| 18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. | 3 puntos |
| 19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. | 4 puntos |
| 20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. | 3 puntos |

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Recientemente se ha publicado una Sentencia de la Sala III del Tribunal Supremo por la que se invalidaba el dispositivo de “foto-rojo” instalado en los semáforos.