Recurrir multa aparcamiento zona carga y descarga
¿Se puede recurrir una multa por estacionar en zona de carga y descarga?
¿Se puede recurrir una multa por estacionar en zona de carga y descarga?
Desde el 1 de enero de 2024, los vehículos sin distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (los conocidos como “etiqueta A” o sin etiqueta) tienen prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas dentro del término municipal de Madrid.
Nadie duda que uno de los elementos claves de seguridad en un automóvil son las luces.
Es el texto contenido en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; el que contiene las normas generales de comportamiento en la circulación. Y así, todo usuario de la vía está obligado a no entorpecer indebidamente la circulación, no causar peligro ni molestias innecesarias a las personas o “daños en los bienes”.
Para los que están pensando en salir de vacaciones y recorrer kilómetros con el vehículo, es aconsejable revisar escrupulosamente el estado de los neumáticos. Al ser la única parte del vehículo que está en contacto con la calzada, de su buen estado de conservación, dependerá en gran medida el rendimiento y seguridad del vehículo.
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible que sustituye Madrid Central, anulado por el Tribunal Superior de Madrid (TSJM) por un defecto de forma y que ha sido avalado por el Tribunal Supremo, inadmitiendo a trámite el Recurso de Casación presentado por Ecologistas en Acción Madrid contra la sentencia 446/2020 del 27 de julio de 2020, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.