¿Pueden multarte por tocar la pantalla del coche mientras conduces?
Las pantallas táctiles se han convertido en un elemento imprescindible en los coches modernos. Desde ellas podemos controlar la climatización, cambiar la música, consultar el navegador o gestionar numerosas funciones del vehículo.
Sin embargo, lo que aparentemente es un gesto cotidiano puede convertirse en una distracción al volante y acabar en una sanción.

¿Puede la DGT multarnos por tocar la pantalla del coche mientras conducimos?
La respuesta es sí. Aunque la normativa española no prohíbe de forma general tocar cualquier pantalla integrada en el vehículo, sí establece límites a su utilización. La clave está en que el conductor debe mantener en todo momento la atención en la carretera y el control del automóvil.
¿Qué dice la normativa española sobre el uso de pantallas al volante?
El artículo 13 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto Legislativo 6/2015, establece que todo conductor debe estar en condiciones de controlar su vehículo y mantener la atención permanente a la conducción. Esta obligación también se recoge en el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, que considera incompatible con dicha atención el uso, con el vehículo en movimiento, de determinados dispositivos, como pantallas con acceso a internet o reproductores de vídeo, aunque contempla excepciones, entre ellas los sistemas GPS.
Esto significa que no es lo mismo tocar puntualmente la pantalla para ajustar la temperatura que distraerse durante varios segundos buscando una canción, consultando distintos menús o modificando la configuración del vehículo. En el segundo caso, si la manipulación compromete la atención o el control durante la conducción, el conductor puede ser sancionado.
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¿De cuánto es la multa por utilizar la pantalla mientras conduces?
La sanción puede ser de 200 euros, sin pérdida de puntos, cuando los hechos constituyan una conducción negligente, conforme al artículo 76.m) de la Ley de Seguridad Vial y al artículo 3.1 del Reglamento General de Circulación. Para ello, la conducta debe reunir las circunstancias que permitan calificarla como negligente; no basta con considerar que cualquier contacto con la pantalla constituye automáticamente esta infracción.
La situación es diferente cuando se utiliza manualmente el navegador mientras se conduce. En este caso, el artículo 13.3 de la Ley de Seguridad Vial establece una prohibición específica y la infracción está sancionada con 200 euros y la pérdida de tres puntos del permiso de conducir.
También conviene distinguirlo del uso del teléfono móvil. Sujetar el móvil con la mano durante la conducción supone una multa de 200 euros y la retirada de seis puntos, una sanción más severa por el riesgo de distracción que implica esta conducta.

¿Se puede tocar la pantalla del coche en un semáforo o en un atasco?
Una cuestión que genera dudas es qué sucede cuando el vehículo está detenido ante un semáforo en rojo o en un atasco. Aunque el coche no se esté desplazando en ese momento, el conductor sigue participando en la circulación y debe permanecer atento a lo que ocurre a su alrededor. Por tanto, estas detenciones no permiten utilizar libremente el teléfono móvil ni manipular manualmente dispositivos cuya utilización está prohibida durante la conducción.
¿Qué ocurre si la pantalla viene instalada de fábrica?
El problema es especialmente relevante en los vehículos actuales, en los que muchos fabricantes han sustituido los botones tradicionales por pantallas táctiles. Funciones tan habituales como regular el aire acondicionado o cambiar de emisora pueden obligar a apartar la mirada de la carretera. Sin embargo, el hecho de que una pantalla esté instalada de fábrica no significa que su utilización esté permitida en cualquier circunstancia, del mismo modo que tampoco implica que cualquier pulsación sea sancionable.
¿Se puede recurrir una multa por tocar la pantalla del coche?
Por ello, si recibimos una multa por manipular la pantalla del coche, es importante revisar las circunstancias de la denuncia. La Administración debe identificar la conducta sancionada y encuadrarla correctamente en la infracción correspondiente. No es lo mismo utilizar manualmente un navegador que realizar un ajuste puntual en la climatización o conducir de forma negligente por una distracción. Esta diferencia puede resultar determinante a la hora de valorar si la sanción está justificada y si existen motivos para recurrirla.
Consejos para evitar distracciones y sanciones al volante
En definitiva, tocar la pantalla del coche mientras conducimos puede costarnos 200 euros e incluso la pérdida de puntos, dependiendo del dispositivo utilizado y de la infracción cometida. Pero no existe una prohibición general que convierta cualquier contacto con la pantalla del vehículo en una conducta sancionable.
Para evitar riesgos y posibles multas, lo más recomendable es configurar el navegador, seleccionar la música y realizar los ajustes necesarios antes de iniciar la marcha. Si necesitamos efectuar una operación que requiera apartar la atención de la carretera durante varios segundos, lo adecuado es detener el vehículo en un lugar seguro y permitido.
Ana Belén Cruz Campos - Directora de Servicios Legales de CEA









