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¿Cómo recurrir una multa de tráfico?

Recurrir una multa de tráfico

Las distracciones al volante como mirar el móvil o manipular un navegador, sobrepasar los límites de velocidad, saltarse las señalizaciones de tráfico etc. son solo algunos de los motivos por los que los conductores suelen ser sancionados al volante. Estas sanciones pueden ir desde un simple pago de la multa, su correspondiente retirada de puntos de carnet etc. Son muchas las razones por la que los conductores pueden enfrentarse a una multa de tráfico, pero ¿Saben cuándo recurrir una multa?

¿Cuándo recurrir una multa?

¿Cuándo recurrir una multa?

Muchas veces nos puede surgir la duda cuándo podemos recurrir una multa de tráfico según cómo la hayamos recibido. A la hora pues de presentar nuestro pliego de descargos lo primero que hay que verificar es si estamos en plazo para recurrir, ya que de lo contrario el órgano administrativo no entrará a conocer del asunto indicando que las alegaciones presentadas son extemporáneas.

Cómo proceder ante una denuncia

Multas de tráfico ¿qué hacer?

En Multas CEA te informamos de las opciones que tienes si recibes una multa de tráfico.

Cómo proceder ante una denuncia

Importante: Cuidado con la multa donde te requieren los datos del conductor; Aquí estás obligado a realizar la identificación del conductor y después, cuando recibas la sanción a tu nombre, podrás recurrir la multa o pagarla.  Si no facilitas los datos recibirás otra multa por no identificar al conductor, cuyo importe será el triple de la multa inicial.

En MultasCEA tanto si eres particular, autónomo profesional, transportista o empresa recurrimos tus multas, incluso multas anteriores. Sin límite de recursos. Servicio búsqueda de multas y abogados 24 h. gratis. Por 85 €. Infórmate: 91 557 68 51te llamamos.
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Te avisaremos GRATIS cuando te publiquen una multa.

Drones DGT - Nueva herramienta para controlar la velocidad

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Como desgraciadamente nos demuestran las estadísticas una vez más, la velocidad sigue siendo un factor relevante en la siniestralidad vial por lo que la DGT ha incorporado una nueva herramienta para que los conductores cumplan con las limitaciones de velocidad.

Recurrir multas: Asesoramiento personalizado

Recurrir multas: asesoramiento personalizadoFrente a una sanción la mejor defensa es contar con un asesoramiento profesional y adecuado que te ayude a tomar la decisión que mejor favorezca a tus intereses.

Un buen asesoramiento sobre una multa puede ahorrarte dinero o evitar que pierdas puntos del carnet de conducir.

En MultasCEA tratamos cada multa de forma personalizada para intentar darte la mejor solución y para ello contamos con asesores y abogados con más de 15 años de experiencia.

Nuestro equipo de profesionales además de explicarte las opciones para recurrir la multa, tendrán muy en cuenta tus aportaciones (fotos, circunstancias especiales...) que serán incluidas en el recurso de la multa.

Una multa de tráfico es un tema muy serio que debe ser tratado por profesionales para evitar un incremento de la sanción, embargos de cuenta, embargos de coche, etc. Lo importante no es tanto si debo recurrir o cómo recurrir una multa sino ¿estoy tomando la mejor decisión? En MultasCEA te garantizamos que tendrás el mejor asesoramiento.

Tipos de infracciones y cuantías de las sanciones

¿Qué podemos hacer frente a una multa de tráfico?

Control de velocidadDesde CEA recomendamos no rehusar las notificaciones que se reciban por correo postal o en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si estuvieses dado de alta.

A partir de la notificación, dispones de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estás de acuerdo con la denuncia, o proceder a su abono con el 50% de descuento. En el supuesto de no hacerlo y vencido el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, su cobro se llevará por el procedimiento de apremio.

Te recomendamos que contactes siempre con nosotros para asesorarte de la forma más conveniente a tus intereses.

En MultasCEA tanto si eres particular, autónomo profesional, transportista o empresa recurrimos tus multas, incluso multas anteriores. Sin límite de recursos. Servicio búsqueda de multas y abogados 24 h. gratis. Por 85 €. Infórmate: 91 557 68 51te llamamos.
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Tipos de infracciones y cuantías de las sanciones

El importe de las multas de tráfico es el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. No obstante en el caso de las infracciones de carácter leve (hasta 100 €) se podrá graduar por el organismo sancionador.

  • Infracción leve: hasta 100 €
  • Infracción grave: 200 €
  • Infracción muy grave: 500 €

Otras infracciones

  • Conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico es una infracción muy grave que se sanciona con 6.000 € y la pérdida de 6 puntos.
  • La instalación de estos mecanismos por un taller se considera una infracción muy grave y se sanciona con una multa de 3.000 a 20.000 €
  • La conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas, será sancionada con una multa de 500 € y 6 puntos. Cuando el conductor ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida o cuando circule con una tasa que supere el doble de la permitida la multa será de 1.000 € y 6 puntos.
  • La conducción con presencia en el organismo de drogas será sancionada con multa de 1.000 € y 6 puntos.

Infracciones por no identificar al conductor

El importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.

  • Si la infracción original es leve: el doble de la misma.
  • Si la infracción original es grave: el triple de la misma.
  • Si la infracción original es muy grave: el triple de la misma.

Las sanciones por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor infractor no tienen la reducción del 50%.

Personas responsables

Se mantiene el principio general de la responsabilidad de la infracción en el autor de la misma. No obstante:

  • Sistema de retención infantilLos titulares o arrendatarios tienen la obligación de someter los vehículos a las correspondientes inspecciones técnicas, a que estén en perfecto estado de circulación y deben impedir que sean conducidos por quienes nunca hubiesen obtenido el permiso o licencia de conducir.
  • El titular o arrendatario será responsable de las infracciones de estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable.
  • El conductor será responsable de no llevar las placas perfectamente legibles, así como de llevar su permiso de conducir y la documentación del vehículo.
  • El conductor de una motocicleta será responsable por la no utilización del casco por el pasajero o si éste no tiene la edad mínima para ir en moto.
  • El conductor de un vehículo será responsable de la no utilización de los sistemas de retención infantil pudiéndose inmovilizar el vehículo.

Infracciones que conllevan la pérdida de puntos

 1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado):

  • Superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años)

  • Superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años)

6 puntos

4 puntos

2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. 6 puntos
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. 6 puntos
4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales. 6 puntos
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. 6 puntos
6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. 6 puntos
7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. 6 puntos
8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios. 4 puntos
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. 4 puntos
10. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo. 4 puntos
11. Realizar adelantamientos indebidos. 4 puntos
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. 4 puntos
13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. 3 puntos
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. 4 puntos
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. 4 puntos
16. No respetar la distancia de seguridad. 4 puntos
17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. 3 puntos
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. 3 puntos
19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. 4 puntos
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. 3 puntos

Infracciones de velocidad

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