¿Cuánto tiempo hay para identificar a un conductor?
Muchas veces nos puede surgir la duda de cuánto tiempo tenemos para identificar a un conductor.
Muchas veces nos puede surgir la duda de cuánto tiempo tenemos para identificar a un conductor.
A partir del 1 de julio de 2016 la Dirección Electrónica Vial (DEV) será obligatoria para todas las empresas que sean titulares de vehículos.
La sanción por no identificar el conductor se produce cuando recibes un requerimiento del Ayuntamiento, la DGT, o de cualquier organismo sancionador, solicitando que indiques quién era el conductor del vehículo en el momento de cometerse la supuesta infracción.
Una de las novedades en materia de tráfico que conlleva la llegada del 2023 es que la Dirección General de Tráfico (DGT) deja de notificar las multas y cualquier otro trámite que necesite notificación a través de sistema postal de Correos a las personas jurídicas.
La entrada en vigor del RDL del pasado mes de marzo, RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria con ocasión del COVID-19, establece la suspensión de los términos y la interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos hasta que cese el estado de alarma, y en su caso las sucesivas prorrogas que se están aprobando.
Desde CEA recomendamos no rehusar las notificaciones que se reciban por correo postal o en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si estuvieses dado de alta.
A partir de la notificación, dispones de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estás de acuerdo con la denuncia, o proceder a su abono con el 50% de descuento. En el supuesto de no hacerlo y vencido el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, su cobro se llevará por el procedimiento de apremio.
Te recomendamos que contactes siempre con nosotros para asesorarte de la forma más conveniente a tus intereses.
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El importe de las multas de tráfico es el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. No obstante en el caso de las infracciones de carácter leve (hasta 100 €) se podrá graduar por el organismo sancionador.
El importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.
Las sanciones por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor infractor no tienen la reducción del 50%.
Se mantiene el principio general de la responsabilidad de la infracción en el autor de la misma. No obstante:
1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado):
| 6 puntos 4 puntos |
2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales. | 6 puntos |
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. | 6 puntos |
6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. | 6 puntos |
7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. | 6 puntos |
8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios. | 4 puntos |
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. | 4 puntos |
10. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo. | 4 puntos |
11. Realizar adelantamientos indebidos. | 4 puntos |
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. | 4 puntos |
13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. | 3 puntos |
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. | 4 puntos |
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. | 4 puntos |
16. No respetar la distancia de seguridad. | 4 puntos |
17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. | 3 puntos |
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. | 3 puntos |
19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. | 4 puntos |
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. | 3 puntos |
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