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Permiso de conducir para mayores de 65 años

La comisión de transportes del parlamento europeo ha planteado la posibilidad de introducir una serie de cambios en los plazos de renovación del carné de conducir para los mayores de 65 años que, en algunos casos, se verían acortados y también en cuanto a las pruebas que se realizan en los reconocimientos médicos que dan derecho a la renovación.

permiso de conducir mayores 65 años

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Nuevas restricciones para los mayores de 65 años

El objetivo de la UE, es que para el año en que estamos 2024, se aumenten las pruebas en los exámenes del reconocimiento médico para los conductores mayores de 65 años. Entre otras medidas la UE quiere que sea un médico sea quien certifique que el conductor no tiene problemas de visión que le impidan conducir, tal y como ya está vigente en países como Finlandia.

Por ello y en aplicación de estas medidas los mayores de 65 años y 70 años, verán reducido el periodo de renovación del carné de conducir,  con el objetivo fundamental de mitigar las víctimas mortales al volante.

La DGT aplicará en nuestro país estas nuevas restricciones a los mayores de 65 años, que deberán renovar el permiso de conducir cada cinco años frente a los 10 anteriores. Ese periodo se reducirá a dos años para los conductores de más de 70 años.

Además, se pretende con las nuevas medidas que este grupo de conductores realicen y aprueben unas nuevas pruebas físicas médicas para dicha renovación. De este modo, se estudiarán mejor las aptitudes físicas y reacciones de los más mayores sin apartarlos de la carretera de manera definitiva, sencillamente se reducirán los tiempos entre renovación.

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¿Qué problema de las personas mayores pueden afectar a la conducción?

Los expertos determinan que la reducción en los periodos de renovación del carné, y el endurecimiento de las pruebas, lo que pretende es prevenir las consecuencias de la edad en la conducción, puesto que cumplir años conlleva una serie de efectos que pueden ser negativos para la conducción como:

  • Rigidez en músculos y articulaciones, lo que puede dificultar girar la cabeza para controlar los ángulos muertos.

  • Disminución de reflejos, lo que nos hace reaccionar más lento la hora de frenar o girar el volante ante un imprevisto.

  • Dificultades de visión, sobre todo cuando viajamos de noche o ante los reflejos.

  • Problemas de audición que impiden oír el ruido del motor o los avisos de otros coches.

  • Complicaciones para dividir la atención entre varias tareas como, por ejemplo, mirar el cuadro del vehículo o el navegador y atender a la vez a la carretera.

  • Problemas para conducir por zonas desconocidas, congestionadas o en cualquier situación que genere estrés.

  • Mayor propensión a la fatiga.

  • Dificultad para leer rápidamente los carteles y cumplir con las señales.

  • Problemas a la hora de conducir en situaciones meteorológicas adversas: lluvia, niebla, etc.

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¿Qué enfermedades impiden conducir en España?

cambios carnet mayores

En cuanto a las enfermedades estipuladas en la legislación como causas para no renovar un carnet de conducir, no varían con estas nuevas medidas que se pretenden aprobar, aunque sí aumenta la probabilidad de impedir la circulación a ciertos conductores. Con el paso de los años las dolencias aparecen de un mes a otro, generando un malestar que puede afectar a las aptitudes al volante y que suponen la retirada del permiso.

  • Cardiacas: arritmias, intervención con marcapasos e infarto agudo de miocardio

  • Respiratorias: apnea del sueño o disnea permanente.

  • Crónicas: Alzheimer, Parkinson, Esclerosis Lateral Amiotrófica, Artritis reumatoide y otras parecidas.

  • Algunas afecciones degenerativas, vasculares, oncológicas y endocrinas.

  • Trastornos psiquiátricos: depresión, trastorno de personalidad o del sueño, TDH y trastorno obsesivo-compulsivo, entre otros.

  • Problemas de visión.

  • Enfermedades neurológicas como la pérdida de consciencia, isquemia y epilepsia.

Por tanto, como no hay una edad exacta recomendable para dejar de conducir, deberemos de tomar esta decisión a tenor de los resultados de los reconocimientos médicos que realizamos para renovar el carné.

Olga Muñoz Villas – Abogada

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