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Nuevo Reglamento General de Circulación

Después de un largo periodo sin Gobierno, por fin tenemos uno y por lo tanto se ha designado un nuevo Director General de Tráfico al que desde este momento le deseamos muchos éxitos en su gestión.

Sin duda tiene grandes retos por delante, y uno de ellos será sacar el tan esperado Reglamento General de Circulación que supuso para el anterior equipo directivo el desencadenante de una nueva reforma de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, al pretender incorporar un tema de apariencia tan anodina como era el casco para los ciclistas.nuevo reglamento general de circulacion

Sin duda el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado a finales del año pasado, facilitará su publicación. Recordemos que esta reforma recopiló numerosas normas que fueron modificando el texto original, ordenándolas y numerándose nuevamente todas ellas. La Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial ha sido objeto de una modificación en cada una de las legislaturas que ha habido desde su entrada en vigor en el año 1990. Tal vez sea junto con las leyes de carácter fiscal la que más modificaciones ha sufrido.

La regulación de las velocidades en las ciudades con la incorporación de zonas con límites de 30 km/h con el fin de moderar y pacificar la circulación, pretende reducir el número de atropellos en las ciudades, uno de los aspectos que deberá contemplar el nuevo reglamento.

La preocupación por el medio ambiente y su inclusión en la nueva ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, también deberá ser objeto de regulación en el nuevo reglamento, dando la suficiente cobertura legal a las normativas que dicten las administraciones locales para restringir la circulación en las ciudades cuando se den los episodios de alta contaminación atmosférica.

La nueva regulación de las velocidades en las carreteras convencionales o la posibilidad de aumentar la velocidad en las autopistas o autovías cuando las circunstancias lo permitan, la famosa velocidad variable, también deberá ser objeto de desarrollo en el nuevo texto legal.

La regulación de las pruebas de presencia de alcohol o drogas en los conductores, ya previstos en la Ley, tienen que desarrollarse en el nuevo Reglamento de Circulación.

Pero sin duda la guinda del pastel será la regulación del uso de la bicicleta en las ciudades protagonista indiscutible por la promoción que desde las autoridades locales se ha hecho de ella, como elemento para una movilidad sostenible. La coexistencia siempre difícil, entre peatón y ciclista, deberá incorporarse en este nuevo texto legal. La regulación del uso del casco en las ciudades y sus exenciones que tanto debate ha suscitado también tendrá cabida en el nuevo texto legal.

Otros aspectos, como la señalización de los vehículos prioritarios o la circulación de los servicios de auxilio en carretera también requerirán su desarrollo en la norma.

Esperemos que el nuevo texto legal no sufra demasiadas interferencias y pronto vea la luz, porque, aunque el actual no tiene la misma antigüedad que tuvo el famoso Código de la Circulación del año 1934, si nos descuidamos podría llevar el mismo camino.

Eugenio de Dobrynine. Director Asesoría Jurídica CEA.

Etiquetas: Seguridad Vial, Conductores, Ley de Tráfico, Reglamento General de Circulación, Circulación, reglamento circulacion, reglamento general de vehiculos , codigo de circulacion, reglamento vehiculos, reglamento coches, reglamento general conductores, ley de seguridad vial, ley de trafico y seguridad vial

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